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Corrección Exitosa de Declaración de Activos en el Exterior ante la DIAN | Victoria PGP

Por Sandra Viviana Africano F.
29 de mayo de 2025

Recientemente, en PGP Abogados logramos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) corrigiera una declaración de activos en el exterior que contenía un error involuntario. Esta gestión resultó en evitar sanciones significativas para nuestro cliente, además de conseguir el archivo del proceso de cobro coactivo y el levantamiento de las medidas cautelares impuestas.

Corrección de errores en declaraciones de activos en el exterior sin sanciones ante la DIAN

Un contribuyente enfrentó una situación crítica: su declaración de activos en el exterior, aunque presentada oportunamente, contenía un error involuntario en la casilla de sanciones. En dicha casilla, se registró erróneamente como "sanción" el mismo valor total de los activos declarados. Este desliz, puramente formal, desencadenó la apertura de un expediente de cobro por parte de la DIAN y, de manera preocupante, el embargo de recursos financieros del contribuyente.

Ante este panorama, nuestro equipo de expertos en derecho tributario y procedimiento administrativo analizó minuciosamente el caso. La estrategia se centró en demostrar que, al tratarse de un error formal en una declaración presentada a tiempo, la corrección era procedente sin que ello implicara la imposición de sanciones.

Fundamentamos nuestra argumentación en el Oficio No. 100208192-600 de 2025 y, crucialmente, en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005 (Ley Antitrámites). Esta normativa permite a la administración tributaria corregir los errores de las declaraciones que hayan originado un menor valor a pagar o un mayor saldo a favor, siempre que la corrección se realice dentro del término legal y no se varíen los renglones fundamentales de la declaración.

Defensa efectiva ante la DIAN: Archivo de proceso de cobro y levantamiento de embargos

Gracias a la argumentación jurídica y la gestión técnica de nuestra firma, la DIAN acogió nuestros planteamientos. Se reconoció que el error en la declaración no constituía una omisión ni una inexactitud que diera lugar a una sanción, sino un yerro formal susceptible de ser corregido bajo el amparo de la ley antitrámites.

El resultado fue contundente:

  • Corrección de la declaración: La DIAN procedió a corregir la declaración de activos en el exterior, reflejando la información correcta.
  • Sin imposición de sanciones: Se evitó la liquidación y pago de una sanción que habría sido económicamente gravosa para el cliente.
  • Archivo del proceso de cobro: La DIAN ordenó el archivo definitivo del expediente de cobro coactivo.
  • Levantamiento de medidas cautelares: Se levantaron los embargos que pesaban sobre los recursos del contribuyente, restableciendo su flujo de caja y tranquilidad financiera.

Este caso es un ejemplo claro de cómo una defensa técnica y bien fundamentada puede revertir situaciones adversas ante la administración tributaria.

Si usted o su empresa enfrentan una situación similar con la DIAN respecto a la declaración de activos en el exterior o cualquier otro procedimiento tributario, no dude en contactarnos.

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